ASOCIADO FÍSICO

Podrán asociarse a la Cooperativa, las siguientes personas:

  • Servidores de la Administración Central, de la Administración descentralizada y desconcentrada.

  • Personas que laboran en Coopeservidores.

  • Personas asociadas a otras cooperativas.

  • Personas extranjeras que cuenten con la Residencia Permanente indefinida y la Residencia Temporal,
    otorgadas por la Dirección General de Migración y Extranjería.

  • Personas extranjeras que cuenten con la Residencia Temporal. En estos casos, se deberá realizar un análisis
    que permita identificar las condiciones de arraigo, permanencia y justificantes de su afiliación. La incorporación
    de los residentes temporales deberá contar con previa aprobación,por parte de la Dirección de Negocios
    o quien este designe.

  • Cónyuge y los familiares de personas asociadas hasta cuarto grado de consanguinidad y afinidad.

  • Personas que laboran en el sector privado costarricense.

  • Personas Jurídicas sin fines de lucro, aunque no reúnan las condiciones
    que indica el Estatuto General de Coopeservidores, de acuerdo con el Artículo 56 de la Ley 6756 y sus reformas.

  • Menores de edad, vinculados por afinidad o consanguinidad a personas asociadas a Coopeservidores (Ley 7739 Código de la Niñez y la Adolescencia).

  • Personas pensionadas y jubiladas de todos los regímenes.

ASOCIADO JURÍDICO:

  • Podrán asociarse las entidades jurídicas sin fines de lucro.











Requisitos

  • La persona interesada en asociarse a Coopeservidores, deberá ser un ciudadano interesado en contribuir con los programas de financiamiento para el desarrollo económico, social y ambiental del país, mediante las estrategias de inversión que promueve la Cooperativa, y además deberá cumplir, con la siguiente documentación:

  • Formulario o Boleta de Asociación: Para personas físicas o jurídicas según corresponda.

  • Personas físicas:

  • Copia vigente de la cédula de identidad para nacionales.

  • Copia de los documentos de identificación aceptados por la Dirección General de Migración
    y Extranjería para extranjeros residentes y documentos de identificación de diplomáticos emitidos
    por el Ministerio de Relaciones Exteriores y Culto, para extranjeros.

  • Personas Jurídicas:

  • Certificación Registral o Notarial de personería jurídica con un plazo de expedición no mayor a tres
    meses al momento de la vinculación.

  • Para el caso de asociaciones, cooperativas, fundaciones y similares, se solicitarán los documentos
    que sean equivalentes y propios de este tipo de entidades

  • Copia de la cédula de identidad del o los representantes legales de la entidad.

  • Personas Menores de Edad:

  • Copia del certificado de nacimiento del menor, si el menor es mayor de doce (12) años,
    debe presentar copia de cédula de menor expedida por el Registro Civil.

  • Copia de documento vigente de identificación de quien ostente la patria potestad del menor.

  • Declaración jurada de quien tenga la patria potestad del menor, dando el consentimiento para
    que un tercero afilie al menor. Este requisito, se exceptúa cuando la persona que ostente la patria
    potestad realice directamente el proceso de afiliación con el menor.

  • Origen de los Fondos:Documento que respalde el origen de fondos de acuerdo con la cuantía de las
    operaciones que realizará, por ejemplo, y sin limitarse, estos documentos pueden ser:

  • Orden patronal

  • Constancia de salario

  • Certificación de ingresos emitida por un contador público autorizado, Cuando los ingresos mensuales
    sean iguales o menores a dos salarios base se podrá prescindir de la presentación de este respaldo.

  • Consentimiento Informado: Formulario suscrito sobre Consentimiento Informado para la Protección de la
    Persona, frente al tratamiento de sus Datos Personales.

  • Cualquier otra información que se requiera, de acuerdo con las condiciones particulares del sujeto afiliado.